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propuesta

· Dirigida a: Medio Ambiente y Política Territorial

Ley contaminación olfativa

Cris hace aproximadamente 1 año · 1
100% a favor (3 votos)

Al igual que existen leyes sobre la contaminación ambiental y acústica, propongo que se desarrolle una ley sobre contaminación olfativa. En muchos municipios de la CAV con industria papelera, de curtido de pieles etc, el olor en los alrededores de la misma llega a ser insufrible, llegando a extenderse por todo el municipio en función de la dirección del viento.

Existen numerosos estudios al respecto sobre lo perjudicial que es para la salud este tipo de contaminación al que apenas se le hace caso e incluso algún anteproyecto de ley como el de Cataluña que creo que todavia no se ha aprobado.

Argumentos a favor (1)

  • Esto ocurre también en Muzkiz, debido a la planta de Petronor. El olor es insoportable. Deberian controlar mejor sus emisiones.

Argumentos en contra (0)

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Un comentario
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  • Thumb_65_ejgv

    El borrador de Anteproyecto de Ley de protección del medio ambiente en la Comunidad Autónoma del País Vasco en el que se ha trabajado a lo largo de esta legislatura plantea incorporar por primera vez a nuestra regulación un apartado dedicado a la contaminación lumínica (con una regulación más detallada ya en el Proyecto de Ley de Cambio Climático) y por olores, con el siguiente texto:

    El órgano ambiental competente para otorgar cualquiera de las autorizaciones o licencias recogidas en la presente Ley debe valorar y considerar, en su procedimiento respectivo, la contaminación lumínica y por olores que puede generar la actividad o instalación de que se trate con el objeto de imponer las condiciones o medidas correctoras que considere precisas para prevenir, evitar, reducir, corregir o minimizar sus efectos en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco atendiendo a los criterios que sean legalmente aplicables.

    Está regulación legal permitiría un posterior desarrollo reglamentario que estableciera el régimen a aplicar en las situaciones que plantea en su propuesta.

    En cualquier caso, es necesario tener en cuenta que con carácter general la metodología de medición del impacto odorífero aun tiene muchas incertidumbres que dificultan su valoración, razón por la cual en muchos países europeos no existe aun una normativa especifica sobre este tipo de contaminación.

    Sin perjuicio de lo anterior, los servicios de esta dirección ya vienen actuando en relación con las actividades que generan contaminación olfativa, de acuerdo con la normativa vigente en materia de contaminación atmosférica.

    Estas actuaciones se consisten en la limitación de las emisiones o inmisiones a partir de unidades olfativas o en la limitación de las emisiones o inmisiones de los compuestos que originan el olor, como puede ser el caso de las papeleras (mercaptanos y H2S).

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